Disposiciones Generales para los Sacerdotes
- Les rogamos que se atengan totalmente a las normas de la Iglesia previstas
en el Código de la Ley Canónica, a los preceptos litúrgicos
generales, y a las reglas impartidas por parte de las autoridades eclesiásticas
competentes con relación a la vida y al trabajo sacerdotales.
- A fin de que puedan participar en la vida litúrgica de la parroquia,
de acuerdo con los preceptos de la Iglesia, es necesario tener una carta certificada
(celebret) de vuestro Ordinario o de vuestro superior, no más antiguo
de un año (ver Código de la Ley Canónica, can. 903).
- Les rogamos traer consigo el hábito santo (alba y estola). La celebración
de la Eucaristía no está permitida sin el hábito santo
prescrito en las rúbricas litúrgicas (ver Código de la
Ley Canónica, can. 929).
- Si acaso tienen las autorizaciones necesarias, tienen la posibilidad de
concelebrar en la Santa Misa en vuestro idioma natal o en un idioma que comprendan,
en el horario previsto de las Santas Misas diarias. Si acaso deseen presidir
la Santa Misa o decir la homilía, preséntense al personal de
la parroquia encargado oficialmente de autorizar tales peticiones.
- En la homilía, aténganse a las indicaciones de la Iglesia,
tomando en cuenta las diversidades nacionales, culturales y de otra índole
de los peregrinos presentes en la Santa Misa.
- Está permitido celebrar la Santa Misa solamente en un lugar sagrado,
oficialmente autorizado. Por decisión explicita del obispo local, está
prohibido celebrar la Santa Misa en las pensiones, casas privadas en las cuales
alojen, en los montes o en cualquier comunidad o capilla que se encuentre
en el área de la parroquia de Medjugorje (ver Ordinariado episcopal
Mostar Núm. 525/99.). Para cualquier aclaración pueden dirigirse
a la Oficina de informaciones.
- La parte central litúrgica del día es el programa de oración
vespertino. Están invitados, si acaso han cumplido con las condiciones
mencionadas anteriormente, a concelebrar en la Santa Misa vespertina.
- Antes de la Santa Misa, les rogamos inscribirse en el Libro de evidencia
que se encuentra en la sacristía de la iglesia parroquial (nombre,
apellido y nombre del país del cual provienen). Todas las intenciones
para la misa son de vuestra elección.
- Si acaso, de acuerdo con los preceptos de la Ley Canónica, tienen
licencia para confesar, les rogamos se pongan a disposición de los
peregrinos para la confesión en su idioma natal o en los idiomas que
además hablen.
- Con ocasión del Sacramento de la Confesión, deben estar vestidos
de acuerdo con las normas litúrgicas prescritas (alba y estola). Es
mejor no confesar fuera de los confesionarios, excepto si hay una razón
justificada. (ver Código de la Ley Canónica, can. 964).
- Con vuestro grupo de peregrinos pueden organizar encuentros de oración
en lugares ad hoc (Monte de las Apariciones, Krievac, Cristo Resucitado…),
poniendo atención en no molestar a otros peregrinos.
- Durante el programa de oración vespertino comunitario en la iglesia
parroquial, no está permitido organizar cualquier otro programa de
oración en el área de la parroquia.
- Los únicos que tienen autorización para realizar encuentros
y dirigirse a los peregrinos en el recinto de la iglesia, son los sacerdotes
que tienen mandato canónico en la parroquia. Todos los demás
deben dirigirse al párroco para obtener tal autorización.
- Sin la aprobación del párroco, en el área de la parroquia
no está permitido organizar “oraciones de curación”
y “oraciones de imposición de manos”. Si acaso han obtenido
un permiso especial, tienen el deber de atenerse estrictamente a las normas
de la Iglesia.
- En la medida de nuestras posibilidades, estamos a disposición de
todas vuestras necesidades sacerdotales.
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